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Iniciativa de reforma a la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de Pueblos Indígenas

Por Dip. Daniel Avila Ruiz | 04 Febrero 2010


Durante la sesión del martes 02 de febrero la Diputada Gloria Luna Ruiz del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; con la finalidad de destacar la importancia de contar con un instrumento a nivel nacional que genere una serie de datos e información precisa respecto a las características culturales, sociales, lingüísticas y territoriales de las comunidades indígenas existentes en nuestro país a través de un Padrón Nacional de Comunidades Indígenas que contenga el nombre de la comunidad y su significado; la ubicación en el plano nacional; croquis de la comunidad; identificación general que incluye población; porcentaje de hablantes de lengua indígena; lengua que se habla; fecha de fundación; status legal de la posesión de la tierra con su distribución y la confirmación de autoadscripción como comunidad indígena; historia; asentamientos internos de la población (barrios o anexos); estructura interna, presentada en forma de organigrama; información de faenas, cultivos, religiones y comités internos; delitos que se resuelven internamente; fiestas y rituales y migración.

A dicha iniciativa se adhirió el Diputado Daniel Ávila Ruiz quien comentó que a pesar de que en nuestra Constitución se ha fundamentado el carácter pluricultural de la Nación sustentado originalmente en sus pueblos indígenas y se han reconocido una serie de derechos como son la libre determinación y autonomía para decidir sus propias formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural; para aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos; a elegir a sus autoridades de acuerdo a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales; para preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y en general su identidad cultural; para acceder al uso y disfrute de los recursos naturales de los lugares que habitan y a la jurisdicción del estado; por mencionar algunos.
Ambos legisladores del Partido Acción Nacional destacaron que aún cuando el reconocimiento formal de estos derechos en el artículo 2º de la Constitución Federal, la creación por disposición de ley de instituciones como la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, la implementación de acciones y políticas de manera transversal a favor de los pueblos y comunidades indígenas; representan un gran avance en la materia; en México aún se carece de una clara clara ubicación de las comunidades indígenas, dado que el sistema de información estadística registra datos sociodemográficos sobre dicha población, localidades y hablantes de lenguas, pero no da cuenta de los espacios que forman una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.

Ávila Ruiz destacó que este problema ha propiciado que las políticas y acciones del gobierno no lleguen a la población indígena en su totalidad ni a muchas de las comunidades indígenas alejadas; por ello el contar con información más específica sobre dichas comunidades y su población permitirá que el presupuesto, los programas, estrategias y en general el trabajo de las instituciones públicas en la materia se enfoquen de manera adecuada a la población indígena del país.

Los integrantes de Acción Nacional “consideramos importante impulsar la creación de un Padrón Nacional de Comunidades Indígenas en un esfuerzo por lograr el respeto a sus derechos constitucionales, al tiempo de crear una herramienta fundamental de gran utilidad en la planeación, aplicación y seguimiento de las políticas públicas encaminadas a la atención de los indígenas mexicanos, sin descuidar el respeto a las diversas formas de organización y cultura de las distintas comunidades”.

Con base en lo anterior se propone modificar la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas a fin de establecer como una de las atribuciones de la misma, el diseñar, elaborar y actualizar el Padrón Nacional de Comunidades Indígenas en coordinación con dependencias y entidades federales, estatales y municipales, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y las instituciones académicas y de investigación que se requieran para tal efecto.

 

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