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El divorcio exprés quitará seriedad a la institución del matrimonio

Por Fracción Parlamentaria PAN; LIX Legislatura | 16 Febrero 2012


El diputado José Carlos Puerto Patrón advirtió que no es posible permitir que se quite seriedad a la institución matrimonial mediante el “divorcio exprés” que se pretende crear mediante el Código de Familia.

Al comenzar la Comisión de Justicia y Seguridad Pública el “análisis” de los primeros 200 de los 925 artículos que contiene esa iniciativa, el legislador panista recordó que el Estado es el encargo de cuidar, de proteger, la subsistencia de la familia.

Como informamos en el boletín 012-12, no se permitió el análisis de la iniciativa, y la sesión se circunscribió en la lectura de los artículos. Sin embargo, los diputados panistas Patricia Carvajal Demis y Puerto Patrón hicieron algunas observaciones, las cuales presentarán posteriormente por escrito.

—No podemos crear mecanismos que le den menor seriedad a la institución del matrimonio, que lleven a que las personas tomen a la ligera el matrimonio pensando que después les será muy fácil divorciarse –recalcó el legislador del PAN.

—El matrimonio está diseñado para ir más allá de los cónyuges y su celebración trasciende, obviamente, más allá de las partes contratantes –explicó—. En este sentido, no podemos permitir que un interés particular esté por encima de los intereses y de toda la institución del matrimonio.

El “divorcio exprés”, explicó, es cuando una persona, sin una causal, acude a un juez de manera unilateral, ya que no tiene siquiera que avisarle a la otra parte, para presentar su solicitud de divorcio y adjuntando un convenio en el que establece las bases para el divorcio, como el monto de la pensión alimenticia y cual de los padres se quedaría con la custodia de los hijos, entre otros puntos.

Continuó: esta ley indica que habiendo o no acuerdos, el juez de inmediato expedirá un acta de divorcio. O sea, quien pide el divorcio tendrá su acta sin que se haya definido qué pasará con la pensión alimenticia o con la custodia de los hijos y otros temas que deben definirse antes. Con ello, esa persona se habrá liberado de un vínculo matrimonial y estará en posibilidad de contraer un nuevo matrimonio, cuando ni siquiera ha terminado de cumplir y de establecer las obligaciones que contrajo previamente.

El Dip. Puerto Patrón alertó que divorcios de este tipo dejarían a muchas mujeres en situaciones más complicadas que las actuales porque al tener nuevas obligaciones, en caso de contraer otro matrimonio, se haría más difícil que los ex esposos cumplan con las que contrajo con las mujeres de las que se están separando.

—Esta ley señala que en caso de que no haya acuerdo entre ambas partes con el convenio unilateral, se expedirá el acta de divorcio y, de manera incidental, se resolverá qué pasa con todas las obligaciones entre los cónyuges, pero el promotor del divorcio ya estará libre de cualquier vínculo –manifestó.

Dijo que lo que hay que cuidar es que todas las obligaciones para cada parte, se definan de manera más rápida.

—Con el “divorcio exprés” lo único que se logra es la expedición de un papelito, no la resolución de las obligaciones –concluyó.

 

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