Unidad de Acceso a la Información
A partir del 4 de junio entró en vigor la “Ley de Acceso a la información Pública para el Estado y los municipios de Yucatán” la cual obliga a todos los organismos que reciben recursos públicos para su funcionamiento, que tengan al alcance del ciudadano toda información clasificada como pública con el objetivo de que éstos puedan conocer el destino y aplicación de sus contribuciones.
Información Pública Obligatoria de Acuerdo al Artículo 9 de la "Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y los Municipios de Yucatán"
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I.- Las leyes, reglamentos, (decretos administrativos, no aplica), (circulares, no aplica) y demás normas que les resulten aplicables:
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a) Estatutos - Reforma 2008
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b) Reglamento de Acción Juvenil
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c) Reglamento de las relaciones entre el Partido Acción Nacional y los Funcionarios Públicos de elección postulados por el PAN
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d) Reglamento de miembros de Acción Nacional
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e) Reglamento de los Órganos Estatales y Municipales del Partido Acción Nacional
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f) Reglamento de Selección de Candidatos a Cargos de Elección Popular
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g) Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional
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h) Reglamento para la Administración del Financiamiento del Partido
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i) Reglamento para las relaciones del PAN con Agrupaciones Intermedias
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j) Reglamento sobre Aplicación de Sanciones - entrada en vigor a partir del 01 de febrero de 2006
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k) Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado y Municipios de Yucatán.
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l) Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán.
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m) Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
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II.- Estructura Orgánica.
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III.- El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes hasta el nivel del funcionario de mayor jerarquía.
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IV.- El tabulador de dietas, sueldos y salarios, (el sistema de premios, estímulos y recompensas, no aplica).
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Los gastos de representación, costo de viajes, viáticos y otro tipo de gastos realizados por los servidores públicos en ejercicio o con motivo de sus funciones.
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V.- El domicilio, número telefónico y la dirección electrónica de la Unidad de Acceso a la Información Pública donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información pública.
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VI.- (Los Planes de Desarrollo, no aplica) las metas y objetivos de sus programas operativos, y la información completa y actualizada de sus indicadores de gestión y decisión.
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a) Plataforma Electoral 2009 - 2012
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b) Programa de Acción Política
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VII.- Los servicios que ofrecen, los trámites, requisitos y formatos y, en su caso, el monto de los derechos para acceder a los mismos.
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VIII.- El monto del presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución:
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a) Presupuesto asignado 2008
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b) Presupuesto asignado 2009
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c) Reasignación de presupuesto 2009
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d) Presupuesto de egresos para el ejercicio 2010
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e) Informe sobre la ejecución del presupuesto de 2009
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En el caso del Poder Ejecutivo dicha info. púb. será proporcionada respecto de c/u de sus Dependencias y Entidades por la Sría. de Hda. del Edo., la que además informará sobre la situación financiera de dicho Poder y la deuda pública del Edo. (NO APLICA)
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IX.- Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, así como los informes que dichas personas deben entregar sobre el uso y destino de éstos. (NO APLICA)
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X.- Las enajenaciones de bienes que realicen por cualquier título o acto, indicando los motivos, beneficiarios o adquirentes y los montos de las operaciones.
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XI.- Los montos asignados y criterios de acceso a los programas de subsidio. (NO APLICA)
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XII.- Los dictámenes de las auditorias que se practiquen a los sujetos obligados
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XIII.- Las reglas para otorgar concesiones, licencias, permisos o autorizaciones. (NO APLICA)
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XIV.- El padrón inmobiliario
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XV.- Los contratos de obra pública, su monto y a quién le fueron asignados. (NO APLICA)
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XVI.- Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.
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XVII.- Los documentos en que consten las cuentas públicas, (empréstitos, no aplica) y deudas contraídas:
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a) Estado de Resultados
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b) Anexo.
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XVIII.- Las iniciativas de Ley que se presenten en el Congreso del Estado, sus avances en los trabajos para su dictamen, así como los acuerdos y decretos legislativos aprobados. (NO APLICA)
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XIX.- La aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos. (NO APLICA)
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XX.- La relación de solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les den.
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XXI.- La resolución ejecutoria de los procedimientos de responsabilidad de los Servidores Públicos. (NO APLICA)
Para acceder a la Información Pública del PAN, no necesitas de ningún requisito, a menos que la solicitud sea mediante representante legal, el cual deberá acreditar la representación con la documentación legal correspondiente: carta poder (personas físicas) o testimonio notarial (personas morales).
Descargar Formatos para Solicitud
Formato 1. Solicitud de Acceso a Datos Personales
Formato 2. Solicitud de Corrección y Actualización de Datos Personales
Formato 3. Solicitud de Acceso a la Información Pública
Por razones de seguridad, para acceder a tus Datos Personales o Corrección y/o Actualización de tus Datos Personales solo tendrás que presentar identificación oficial con fotografía y si la solicitud es mediante representante legal éste se acreditará de la forma arriba mencionada.
Nuestro horario es de 9:00 a 15:00 hrs.
Teléfonos: (999) 9118280 ext. 126 y 129
Correo electrónico: transparenciapan_yucatan@hotmail.com
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